Número de Expediente 3371/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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3371/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | MARTINEZ PASS DE CRESTO : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE DESGRAVE Y/O SE EXIMA DE CONTRIBUCIONES IMPOSITIVAS A LAS ACTIVIDADES - CONTEMPLADAS EN EL ARTICULO 2º DE LA LEY 24684 - DE PROMOCION Y DIFUSION DEL TANGO . |
Listado de Autores |
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Martínez Pass de Cresto
, Laura
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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18-09-2006 | 27-09-2006 | 153/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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28-09-2006 | 01-11-2006 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
28-09-2006 | 01-11-2006 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 10-01-2007
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 22-11-2006 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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1101/06 | 03-11-2006 | APROBADA |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
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PE | RP | 77/07 | 16-05-2007 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3371/06)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional, por intermedio de los organismos pertinentes y de acuerdo a lo delegado por el artículo 4º de la Ley Nacional del Tango Nº 24.684, a la mayor brevedad:
a. desgrave y/o exima de contribuciones impositivas a las actividades -contempladas en el artículo 2º de la misma norma- que tengan por finalidad directa la promoción y difusión del ¿tango¿ y
b. reglamente el modo y las condiciones para acceder a dichos beneficios.
Laura Martínez Pass de Cresto.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El tango ¿argentino¿ constituye una manifestación cultural perfectamente diferenciada del tango de otras latitudes y ampliamente adoptada, aceptada y reconocida, tanto en el ámbito nacional como internacional.
Históricamente, desde sus comienzos a fines del siglo XIX, nuestra ¿música ciudadana¿ ha sido objeto de tan excelsas composiciones de expresión costumbrista, académica, literaria, musical, solista, orquestal, vocal y/o instrumental -amén de danzante y/o plástica-, reproducibles en interpretaciones de virtuosismo magistral, cuya permanente recreación amerita su declaración como parte integrante del patrimonio cultural argentino, así como su promoción y difusión en los términos de la ley 25.684, para los fines por ella previstos en beneficio de las generaciones presentes y futuras.
Las actividades que la norma referida declara de interés nacional y para las cuales autoriza al Poder Ejecutivo nacional desgravar o eximir de impuestos, en los modos y condiciones de acceso que el mismo reglamente, son las que tengan por finalidad directa la promoción y difusión del "tango", entendiéndose comprendidas entre ellas las siguientes:
a) Los estudios e investigaciones artísticas, científicas o
históricas;
b) La enseñanza y divulgación;
c) La conservación de documentos, objetos, lugares y monumentos que
guarden relación significativa con sus expresiones y con sus más
destacados creadores e intérpretes;
d) La edición literaria, musical o audiovisual, cualquiera sea el
soporte técnico de las mismas, de obras artísticas o científicas
vinculadas;
e) Las exposiciones de artes plásticas;
f) Los festivales musicales o espectáculos promocionales;
g) La construcción de instrumentos musicales característicos.
La Provincia de Entre Ríos, entre innumerables virtudes tiene la de ser un escenario turístico por excelencia de difusión de las numerosas manifestaciones culturales autóctonas o internacionales con la riqueza de expresiones que le otorga la variedad de colectividades que la conforman, potenciada por su inagotable inquietud y ansia de permanente conocimiento, incorporación, experimentación y recreación.
Los ¿Cultores del Tango¿ de Concordia-Entre Ríos ¿Capital de la Música Ciudadana¿, conscientes de la inquietud de nuestra sociedad por el cumplimiento de sus disposiciones legales, solicitan el presente requerimiento al Poder Ejecutivo nacional, que mi parte participa a este H. Cuerpo, avalada por la adhesión que la Legislatura de la Provincia cuya representación me honra, oportunamente expresara en todos sus términos a la ley de la Nación Nº 24684.
Dada la trascendencia cultural que reviste esta proposición para todas las jurisdicciones que representamos, solicito a este H. Cuerpo la pronta aprobación de esta iniciativa.
Laura Martínez Pass de Cresto.