Número de Expediente 3111/03
| N° | Origen | Tipo | Extracto |
|---|---|---|---|
| 3111/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | COLAZO :PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DE LA POLITICA ARANCELARIA CON URUGUAY .- |
| Listado de Autores |
|---|
|
Colazo
, Mario Jorge
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
| MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
|---|---|---|
| 03-12-2003 | 04-12-2003 | 183/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
| DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
|---|---|
| 03-12-2003 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
| COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
|---|---|---|
| DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
ORDEN DE GIRO: 1 |
04-12-2003 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 27-04-2005
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3111/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación,
Vería con agrado que el Poder
Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto, se sirva informar acerca de los
siguientes puntos:
1. Cuáles son las conclusiones a las que ha arribado el grupo técnico
formado especialmente para el tratamiento de trabas arancelarias al
comercio bilateral, entre Argentina y la República Oriental del
Uruguay.
2. Cuáles son las conclusiones a las que ha arribado dicho grupo
técnico, específicamente, con respecto al problema planteado con las
provincias que gozan de régimen de promoción industrial: San Luis, San
Juan, Catamarca y La Rioja con las medidas que tomó la República
Oriental del Uruguay al respecto.
Mario J. Colazo.-
F U N D A M E N T O S
Señor Presidente,
Desde principios del año 2002 se han suscitado entre la República
Oriental del Uruguay y la República Argentina algunos "cortocircuitos"
en el campo del comercio exterior bilateral, que ha desembocado en la
aplicación por parte de la República Oriental del Uruguay, de aranceles
especiales a algunas mercaderías provenientes de la República
Argentina.
La historia de estas limitaciones al comercio (aun entre socios del
MERCOSUR) comenzó en abril de 2002 cuando mediante el decreto 137 el
Poder Ejecutivo uruguayo dispuso aranceles para proteger a su industria
de la ventaja competitiva en la "coyuntura regional"(algo comprensible
teniendo en cuenta la maxidevaluación del peso argentino).
Esta medida "transitoria" debería haber finalizado en diciembre de
2002, pero por sucesivas prórrogas a continuado vigente hasta diciembre
del corriente año, con el único aditamento de que se amplió
exclusivamente la lista de productos argentinos afectados por
aranceles, en un nivel demasiado alto.
Los efectos por estas restricciones han significado, para las
exportaciones argentinas, una caída del orden del 40 a 50% en 2002 y
con una tendencia similar para lo que va del 2003.
Representantes de los sectores alimentarios, de cosmética y perfumería
y de aceites, han criticado la decisión uruguaya, que consideran
"discriminación a la industria argentina a favor de la brasileña", que
no recibió el mismo trato.
Para tener una idea de la magnitud que implica esta "diferencia" entre
mercaderías de origen brasileño y argentino, mientras una golosina
argentina debe pagar hasta un 19,5% de arancel, una brasileña entra con
arancel cero.
En definitiva, con motivo de todas estas idas y venidas, y teniendo en
cuenta especialmente por parte del Uruguay, el tema de los regímenes de
promoción industrial, dicho país ha solicitado la constitución de un
tribunal arbitral, el cual ha sido impugnado por la Argentina y el tema
ha quedado en suspenso.
Señor Presidente, este tema es particularmente muy importante, teniendo
en cuenta que cualquier medida que se tome, cualquier cargo que se
impute, puede tener consecuencias muy duras en lo atinente a la
relación Argentina-Uruguay en el contexto del MERCOSUR; por lo expuesto
se eleva el presente proyecto de comunicación para el que solicito el
apoyo de mis pares en su tratamiento.
Mario J. Colazo.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3111/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación,
Vería con agrado que el Poder
Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto, se sirva informar acerca de los
siguientes puntos:
1. Cuáles son las conclusiones a las que ha arribado el grupo técnico
formado especialmente para el tratamiento de trabas arancelarias al
comercio bilateral, entre Argentina y la República Oriental del
Uruguay.
2. Cuáles son las conclusiones a las que ha arribado dicho grupo
técnico, específicamente, con respecto al problema planteado con las
provincias que gozan de régimen de promoción industrial: San Luis, San
Juan, Catamarca y La Rioja con las medidas que tomó la República
Oriental del Uruguay al respecto.
Mario J. Colazo.-
F U N D A M E N T O S
Señor Presidente,
Desde principios del año 2002 se han suscitado entre la República
Oriental del Uruguay y la República Argentina algunos "cortocircuitos"
en el campo del comercio exterior bilateral, que ha desembocado en la
aplicación por parte de la República Oriental del Uruguay, de aranceles
especiales a algunas mercaderías provenientes de la República
Argentina.
La historia de estas limitaciones al comercio (aun entre socios del
MERCOSUR) comenzó en abril de 2002 cuando mediante el decreto 137 el
Poder Ejecutivo uruguayo dispuso aranceles para proteger a su industria
de la ventaja competitiva en la "coyuntura regional"(algo comprensible
teniendo en cuenta la maxidevaluación del peso argentino).
Esta medida "transitoria" debería haber finalizado en diciembre de
2002, pero por sucesivas prórrogas a continuado vigente hasta diciembre
del corriente año, con el único aditamento de que se amplió
exclusivamente la lista de productos argentinos afectados por
aranceles, en un nivel demasiado alto.
Los efectos por estas restricciones han significado, para las
exportaciones argentinas, una caída del orden del 40 a 50% en 2002 y
con una tendencia similar para lo que va del 2003.
Representantes de los sectores alimentarios, de cosmética y perfumería
y de aceites, han criticado la decisión uruguaya, que consideran
"discriminación a la industria argentina a favor de la brasileña", que
no recibió el mismo trato.
Para tener una idea de la magnitud que implica esta "diferencia" entre
mercaderías de origen brasileño y argentino, mientras una golosina
argentina debe pagar hasta un 19,5% de arancel, una brasileña entra con
arancel cero.
En definitiva, con motivo de todas estas idas y venidas, y teniendo en
cuenta especialmente por parte del Uruguay, el tema de los regímenes de
promoción industrial, dicho país ha solicitado la constitución de un
tribunal arbitral, el cual ha sido impugnado por la Argentina y el tema
ha quedado en suspenso.
Señor Presidente, este tema es particularmente muy importante, teniendo
en cuenta que cualquier medida que se tome, cualquier cargo que se
impute, puede tener consecuencias muy duras en lo atinente a la
relación Argentina-Uruguay en el contexto del MERCOSUR; por lo expuesto
se eleva el presente proyecto de comunicación para el que solicito el
apoyo de mis pares en su tratamiento.
Mario J. Colazo.-



