Número de Expediente 2661/00
| N° | Origen | Tipo | Extracto |
|---|---|---|---|
| 2661/00 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | BAUM : PROYECTO DE LEY AUTORIZANDO AL P.E.N. PARA INCORPORAR EN EL PRESUPUESTO LAS PARTIDAS CORRESPONDIENTES A FIN DE LLEVAR A CABO OBRAS COMPENSADORAS EN EL RIO NEUQUEN Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS .- |
| Listado de Autores |
|---|
|
Baum
, Daniel
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
| MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
|---|---|---|
| 22-12-2000 | 07-03-2001 | 160/2000 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
| DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
|---|---|
| 27-12-2000 | 27-03-2001 |
Giros del Expediente a Comisiones
| COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
|---|---|---|
|
ORDEN DE GIRO: 1 |
27-12-2000 | 27-03-2001 |
|
ORDEN DE GIRO: 2 |
27-12-2000 | 27-03-2001 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2003
ENVIADO AL ARCHIVO : 31-01-2006
Resoluciones
| SENADO |
|---|
| FECHA DE SANCION: 28-11-2001 |
| SANCION: APROBO |
| COMENTARIO: |
| NOTA:PASA A DIP. |
| OBSERVACIONES |
|---|
| CADUCO EN DIPUTADOS 28-02-2003 |
Órdenes del Día
| NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
|---|---|---|---|
| 122/01 | 28-03-2001 | APROBADA | Sin Anexo |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-00-2661.- BAUM
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
PREVENCION DE LAS CRECIDAS MÁXIMAS
DEL RIO NEUQUEN
Artículo 1°.- El Poder. Ejecutivo Nacional incorporara, en el próximo
Presupuesto Nacional, las partidas y/o recursos necesarios para la
solución definitiva de las problemas de verificación del dique
derivador Portezuelo Grande; para la reparación del complejo Planicie
Banderita y demás obras que posibiliten la ejecución de acciones de
prevención de las crecidas y desbordes de esa cuenca -con el fin de
eliminar permanentemente los riesgos de las avenidas estacionales del
río Neuquén, controlando así su crecida máxima probable y resguardando
del colapso a las localidades e instalaciones ubicadas aguas abajo, más
precisamente en el tramo medio inferior del mencionado río. Estas obras
compensadoras son los compromisos que quedaron pendientes de ejecutar
sobre el río Neuquén por parte del Estado Nacional, en oportunidad de
construirse las obras hidroeléctricas de fas complejos de "El Chocón y
Cerros Coloradas".
Art. 2°.- Declárase de Interés Nacional la construcción del embalse
"Chihuido I" del emprendimiento multipropósito denominado
"Aprovechamiento Hidroeléctrico y Agroindustrial Los Chiuidos -
Lolol-Có".
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo Nacional podrá reasignar las partidas y/o
recursos que surgen de la aplicación dei artículo 1° de la presente
Ley, a cualquier otra obra hidroeléctrica sobre el río Neuquén que
asegure el fiel cumplimiento de los objetivos establecidos en el
mencionado artículo, con el mismo o mayor nivel de efectividad y
siempre y cuando cuenten con los estudios técnicos que avalen dicha
decisión. Estos cambios deberán contar con el consenso de la provincia
del Neuquén e implementarse mediante acto fundado.
Art. 4°.- El Poder Ejecutivo Nacional acordará con la Provincia del
Neuquén la forma de efectivización de la presente Ley.
Art. 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Daniel Baum.-
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL DAE
160/00.
- A las comisiones de Presupuesto y Hacienda y Recursos Hídricos.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-00-2661.- BAUM
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
PREVENCION DE LAS CRECIDAS MÁXIMAS
DEL RIO NEUQUEN
Artículo 1°.- El Poder. Ejecutivo Nacional incorporara, en el próximo
Presupuesto Nacional, las partidas y/o recursos necesarios para la
solución definitiva de las problemas de verificación del dique
derivador Portezuelo Grande; para la reparación del complejo Planicie
Banderita y demás obras que posibiliten la ejecución de acciones de
prevención de las crecidas y desbordes de esa cuenca -con el fin de
eliminar permanentemente los riesgos de las avenidas estacionales del
río Neuquén, controlando así su crecida máxima probable y resguardando
del colapso a las localidades e instalaciones ubicadas aguas abajo, más
precisamente en el tramo medio inferior del mencionado río. Estas obras
compensadoras son los compromisos que quedaron pendientes de ejecutar
sobre el río Neuquén por parte del Estado Nacional, en oportunidad de
construirse las obras hidroeléctricas de fas complejos de "El Chocón y
Cerros Coloradas".
Art. 2°.- Declárase de Interés Nacional la construcción del embalse
"Chihuido I" del emprendimiento multipropósito denominado
"Aprovechamiento Hidroeléctrico y Agroindustrial Los Chiuidos -
Lolol-Có".
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo Nacional podrá reasignar las partidas y/o
recursos que surgen de la aplicación dei artículo 1° de la presente
Ley, a cualquier otra obra hidroeléctrica sobre el río Neuquén que
asegure el fiel cumplimiento de los objetivos establecidos en el
mencionado artículo, con el mismo o mayor nivel de efectividad y
siempre y cuando cuenten con los estudios técnicos que avalen dicha
decisión. Estos cambios deberán contar con el consenso de la provincia
del Neuquén e implementarse mediante acto fundado.
Art. 4°.- El Poder Ejecutivo Nacional acordará con la Provincia del
Neuquén la forma de efectivización de la presente Ley.
Art. 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Daniel Baum.-
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL DAE
160/00.
- A las comisiones de Presupuesto y Hacienda y Recursos Hídricos.-



