Número de Expediente 2338/03
| N° | Origen | Tipo | Extracto |
|---|---|---|---|
| 2338/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | JENEFES : PROYECTO DE LEY TRANSFIRIENDO A LA ASOCIACION DE AYUDA AL DISCAPACITADO " NUEVA ESPERANZA MAIMAREÑA ", DE JUJUY , EL DOMINIO DE UN INMUEBLE . |
| Listado de Autores |
|---|
|
Jenefes
, Guillermo Raúl
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
| MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
|---|---|---|
| 01-10-2003 | 15-10-2003 | Sin asignar |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
| DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
|---|---|
| 02-10-2003 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
| COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
|---|---|---|
| DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
03-10-2003 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 15-02-2006
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2338/03)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Articulo N° 1: Transfiérase, a título gratuito, a la Asociación de
Ayuda al Discapacitado "Nueva Esperanza Maimareña", el dominio del
inmueble propiedad del Estado Nacional, inscripto catastralmente como
Padrón-I-438 Lote 8ª. Manzana 22, ubicado en la inserción de las calles
Lavalle y Belgrano de la localidad de Maimará, Departamento de Tilcara,
Provincia de Jujuy
Artículo N° 2: La transferencia del inmueble indicado, se realiza con
el cargo de ser destinado a la habilitación de unidades asistenciales o
sanitarias y organización administrativa.
Artículo N° 3: Comuníquese al poder Ejecutivo.
Guillermo R. Jenefes.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El inmueble cuya transferencia se propicia perteneció a ENCOTESA, por
cual quedan comprendido por lo dispuesto por la ley 21.146 y sus
modificatorias que establece la transferencia a título gratuito a favor
de provincias, municipios y comunas de bienes inmuebles considerados
innecesarios para el Estado Nacional.
La Asociación de Ayuda al Discapacitado "Nueva Esperanza Maimareña",
funciona en la Provincia de Jujuy desde la década de los 60, junto al
Plan de Salud Rural. Y en su ardua tarea tiene como objetivos la
detección, registro y concientización del discapacitado y su grupo
familiar. Sin embargo, pese a desarrollar tan loable labor en el norte
de nuestro país, no cuentan con la infraestructura necesaria.
De tal forma, el inmueble especificado se encuentra en desuso desde
hace un par de años y el destino aludido en el proyecto satisfaría los
requisitos especificados en el artículo 3° de la ley 24.768,
modificatoria de la 21.146, quedando tipificado como habilitación de
unidades asistenciales o sanitarias.
Así mismo es de destacar que la Asociación de Ayuda al Discapacitado
"Nueva Esperanza Maimareña" cuenta con personería jurídica desde el 20
de Agosto de 2002, otorgada por decreto N° 5595-G-02 del Gobierno
Provincial.
Es así como la labor, que iniciaran tiempo atrás formalizada hoy,
tiene como único fin la de garantizar los derechos de cada uno de los
ciudadanos y de respetar la dignidad de cada una de las personas y en
especial las de lo pobladores de la Quebrada de Humahuaca que además de
las dificultades que conlleva vivir en ese lugar del país, se les suma
el convivir con algún tipo de discapacidad.
En el anhelo de poder devolver en parte, el esfuerzo de defender cada
punto de nuestro territorio, pero con el compromiso firme en la
búsqueda de una realidad más equitativa y que propicie posibilidades
para todos, acompaño el pedido de esta institución.
Por último, debido a la prorroga del plazo hasta el 31 de Diciembre de
2003 dispuesto por el decreto 1247/00, sobre transferencia de
inmuebles, el encuadre legal es acorde a las necesidades a solucionar,
y en cumplimiento de los debido solicito el voto afirmativo de mis
pares al presente proyecto.
Guillermo R. Jenefes.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2338/03)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Articulo N° 1: Transfiérase, a título gratuito, a la Asociación de
Ayuda al Discapacitado "Nueva Esperanza Maimareña", el dominio del
inmueble propiedad del Estado Nacional, inscripto catastralmente como
Padrón-I-438 Lote 8ª. Manzana 22, ubicado en la inserción de las calles
Lavalle y Belgrano de la localidad de Maimará, Departamento de Tilcara,
Provincia de Jujuy
Artículo N° 2: La transferencia del inmueble indicado, se realiza con
el cargo de ser destinado a la habilitación de unidades asistenciales o
sanitarias y organización administrativa.
Artículo N° 3: Comuníquese al poder Ejecutivo.
Guillermo R. Jenefes.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El inmueble cuya transferencia se propicia perteneció a ENCOTESA, por
cual quedan comprendido por lo dispuesto por la ley 21.146 y sus
modificatorias que establece la transferencia a título gratuito a favor
de provincias, municipios y comunas de bienes inmuebles considerados
innecesarios para el Estado Nacional.
La Asociación de Ayuda al Discapacitado "Nueva Esperanza Maimareña",
funciona en la Provincia de Jujuy desde la década de los 60, junto al
Plan de Salud Rural. Y en su ardua tarea tiene como objetivos la
detección, registro y concientización del discapacitado y su grupo
familiar. Sin embargo, pese a desarrollar tan loable labor en el norte
de nuestro país, no cuentan con la infraestructura necesaria.
De tal forma, el inmueble especificado se encuentra en desuso desde
hace un par de años y el destino aludido en el proyecto satisfaría los
requisitos especificados en el artículo 3° de la ley 24.768,
modificatoria de la 21.146, quedando tipificado como habilitación de
unidades asistenciales o sanitarias.
Así mismo es de destacar que la Asociación de Ayuda al Discapacitado
"Nueva Esperanza Maimareña" cuenta con personería jurídica desde el 20
de Agosto de 2002, otorgada por decreto N° 5595-G-02 del Gobierno
Provincial.
Es así como la labor, que iniciaran tiempo atrás formalizada hoy,
tiene como único fin la de garantizar los derechos de cada uno de los
ciudadanos y de respetar la dignidad de cada una de las personas y en
especial las de lo pobladores de la Quebrada de Humahuaca que además de
las dificultades que conlleva vivir en ese lugar del país, se les suma
el convivir con algún tipo de discapacidad.
En el anhelo de poder devolver en parte, el esfuerzo de defender cada
punto de nuestro territorio, pero con el compromiso firme en la
búsqueda de una realidad más equitativa y que propicie posibilidades
para todos, acompaño el pedido de esta institución.
Por último, debido a la prorroga del plazo hasta el 31 de Diciembre de
2003 dispuesto por el decreto 1247/00, sobre transferencia de
inmuebles, el encuadre legal es acorde a las necesidades a solucionar,
y en cumplimiento de los debido solicito el voto afirmativo de mis
pares al presente proyecto.
Guillermo R. Jenefes.-



