Número de Expediente 154/00
| N° | Origen | Tipo | Extracto |
|---|---|---|---|
| 154/00 | Cámara De Diputados | Proyecto De Ley | PROYECTO DE LEY EN REVISION INSTITUYENDO EL PREMIO INTERNACIONAL DE EDUCACION " DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO " . |
| Exp. HCD: 6719-D-99 OD 1723 | ||
| Autor HCD: DEL VALLE RIVAS |
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
| MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
|---|---|---|
| 12-12-2000 | 20-12-2000 | 155/2000 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
| DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
|---|---|
| 13-12-2000 | 31-05-2001 |
Giros del Expediente a Comisiones
| COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
|---|---|---|
|
ORDEN DE GIRO: 1 |
13-12-2000 | 31-05-2001 |
|
ORDEN DE GIRO: 2 |
13-12-2000 | 31-05-2001 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 17-12-2001
Resoluciones
| SENADO |
|---|
| FECHA DE SANCION: 21-11-2001 |
| SANCION: APROBO |
| COMENTARIO: |
| NOTA:LEY |
| SANCION DE LEY |
|---|
| FECHA DE SANCION: 21-11-2001 |
| NUMERO DE LEY: 25513 |
| PODER EJECUTIVO DE LA NACION |
|---|
| RESOLUCION: Promulgo |
| FECHA: 14-12-2001 |
| OBSERVACIONES: DE HECHO |
Órdenes del Día
| NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
|---|---|---|---|
| 425/01 | 04-06-2001 | APROBADA | Sin Anexo |
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
CD-00-0154
Buenos Aires, 30 noviembre de 2000
Señor Presidente del Honorable Senado.
Tengo el honor de dirigirme al señor Presidente, comunicándole que esta
Honorable Cámara ha sancionado, en sesión de la fecha, el siguiente
proyecto de ley que paso en revisión al Honorable Senado.
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°.- Institúyase el Premio Internacional de Educación "Domingo
Faustino Sarmiento" que será otorgado bienalmente por el gobierno
argentino.
Art. 2°.- El premio se adjudicará en vida a un educador o educadora del
continente americano y de otros piases o regiones de habla hispana, que
haya cumplido, a través de su pensamiento, actuación y obra, una
destacada y meritoria tarea en pro de la educación de nuestros pueblos.
Art. 3°.- El premio, dotado con la suma de 30.000 dólares, será
entregado, con el diploma acreditante, en ceremonia pública a cumplirse
en la ciudad de Buenos Aires el 11 de septiembre del año que
correspondiere.
Art. 4°.- Cada dos años, en el ámbito del Ministerio de Educación, se
constituirá una comisión que tendrá como función la asignación del
premio. Dicha comisión estará integrada por seis miembros propuestos
del siguiente modo: uno (1) por la presidencia de la Comisión de
Educación de la Honorable Cámara de Diputados, uno (1) por la
presidencia de la Comisión de Educación del H. Senado, uno (1) por el
Ministerio de Educación, uno (1) por el Consejo de Universidades, uno
(1) por el Consejo Federal de Cultura y Educación y uno (1) por la
Academia Nacional de Educación. Contará para el cumplimiento de sus
funciones con una Secretaría Ejecutiva propuesta por el Ministerio
mencionado.
Art. 5°.- La primera comisión que se constituya tendrá a su cargo la
elaboración del reglamento. Este garantizará la libre postulación de
candidatos por parte de instituciones y particulares, nacionales y
extranjeros. Asimismo establecerá que la convocatoria en cada ocasión
especifique el área temática o campo de actuación en el que se premiará
el ,educador o educadora cuya obra escrita, si la tuviere, se difundirá
a fin de resaltar la ejemplaridad del premiado.
Art. 6°.- Los fondos destinados a la atención de lo dispuesto por la
presente ley, serán atendidos bienalmente en la jurisdicción del
Ministerio de Educación.
Art. 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dios guarde al señor Presidente.
RAFAEL M. PASCUAL
Guillermo R. Aramburu
-A las comisiones de Educación y de Presupuesto y Hacienda.
Texto Original
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
CD-00-0154
Buenos Aires, 30 noviembre de 2000
Señor Presidente del Honorable Senado.
Tengo el honor de dirigirme al señor Presidente, comunicándole que esta
Honorable Cámara ha sancionado, en sesión de la fecha, el siguiente
proyecto de ley que paso en revisión al Honorable Senado.
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°.- Institúyase el Premio Internacional de Educación "Domingo
Faustino Sarmiento" que será otorgado bienalmente por el gobierno
argentino.
Art. 2°.- El premio se adjudicará en vida a un educador o educadora del
continente americano y de otros piases o regiones de habla hispana, que
haya cumplido, a través de su pensamiento, actuación y obra, una
destacada y meritoria tarea en pro de la educación de nuestros pueblos.
Art. 3°.- El premio, dotado con la suma de 30.000 dólares, será
entregado, con el diploma acreditante, en ceremonia pública a cumplirse
en la ciudad de Buenos Aires el 11 de septiembre del año que
correspondiere.
Art. 4°.- Cada dos años, en el ámbito del Ministerio de Educación, se
constituirá una comisión que tendrá como función la asignación del
premio. Dicha comisión estará integrada por seis miembros propuestos
del siguiente modo: uno (1) por la presidencia de la Comisión de
Educación de la Honorable Cámara de Diputados, uno (1) por la
presidencia de la Comisión de Educación del H. Senado, uno (1) por el
Ministerio de Educación, uno (1) por el Consejo de Universidades, uno
(1) por el Consejo Federal de Cultura y Educación y uno (1) por la
Academia Nacional de Educación. Contará para el cumplimiento de sus
funciones con una Secretaría Ejecutiva propuesta por el Ministerio
mencionado.
Art. 5°.- La primera comisión que se constituya tendrá a su cargo la
elaboración del reglamento. Este garantizará la libre postulación de
candidatos por parte de instituciones y particulares, nacionales y
extranjeros. Asimismo establecerá que la convocatoria en cada ocasión
especifique el área temática o campo de actuación en el que se premiará
el ,educador o educadora cuya obra escrita, si la tuviere, se difundirá
a fin de resaltar la ejemplaridad del premiado.
Art. 6°.- Los fondos destinados a la atención de lo dispuesto por la
presente ley, serán atendidos bienalmente en la jurisdicción del
Ministerio de Educación.
Art. 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dios guarde al señor Presidente.
RAFAEL M. PASCUAL
Guillermo R. Aramburu
-A las comisiones de Educación y de Presupuesto y Hacienda.
Texto Original



