Número de Expediente 135/00
| N° | Origen | Tipo | Extracto |
|---|---|---|---|
| 135/00 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | HUMADA : REPRODUCE EL PROYECTO DE LEY MODIFICANDO EL ART. 46 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION , RESPECTO A LA REPRESENTACION DEL ESPOSO EN NOMBRE DE SU MUJER EN JUICIO . (REF. S. 477/98 ). |
| Listado de Autores |
|---|
|
Humada
, Julio Cesar
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
| MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
|---|---|---|
| 09-03-2000 | 15-03-2000 | 8/2000 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
| DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
|---|---|
| 09-03-2000 | 14-08-2000 |
Giros del Expediente a Comisiones
| COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
|---|---|---|
|
ORDEN DE GIRO: 1 |
09-03-2000 | 14-08-2000 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 09-08-2002
Resoluciones
| SENADO |
|---|
| FECHA DE SANCION: 27-06-2001 |
| SANCION: APROBO |
| COMENTARIO: |
| NOTA:PASA A DIP. |
| DIPUTADOS |
|---|
| FECHA DE SANCION: 17-07-2002 |
| SANCION: APROBO |
| SANCION DE LEY |
|---|
| FECHA DE SANCION: 17-07-2002 |
| NUMERO DE LEY: 25624 |
| PODER EJECUTIVO DE LA NACION |
|---|
| RESOLUCION: Promulgo |
| FECHA: 06-08-2002 |
| DECRETO NUMERO: 1411/02 |
| FECHA DEL DECRETO: 06-08-2002 |
Órdenes del Día
| NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
|---|---|---|---|
| 798/00 | 15-08-2000 | APROBADA | Sin Anexo |
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-00-0135:HUMADA (REPRODUCCION).
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,¿
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 46 del Código Procesal
Civil y Comercial de la Nación, el cual quedará redactado de la
siguiente forma:
Artículo 46.- La persona que se presente en juicio por un
derecho que no sea propio, aunque le compete ejercerlo en virtud de una
representación legal, deberá acompañar con su primer escrito los
documentos que acrediten el carácter que inviste.
Si se invocare la imposibilidad de presentar el documento, ya
otorgado, que justifique la representación y el juez considerase
atendibles las razones que se expresen, podrá acordar un plazo de hasta
veinte (2) días para que se acompañe dicho documento, bajo
apercibimiento de tener por inexistente la representación invocada.
Los padres que comparezcan en representación de sus hijos no
tendrán la obligación de presentar las partidas correspondientes, salvo
que el juez, a petición de parte o de oficio, los emplazare a
presentarlas, bajo apercibimiento del pago de las costas y perjuicio
que ocasionen.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Julio C.
Humada.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 008/00.
-A la Comisión de Legislación
General.
Texto Original
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-00-0135:HUMADA (REPRODUCCION).
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,¿
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 46 del Código Procesal
Civil y Comercial de la Nación, el cual quedará redactado de la
siguiente forma:
Artículo 46.- La persona que se presente en juicio por un
derecho que no sea propio, aunque le compete ejercerlo en virtud de una
representación legal, deberá acompañar con su primer escrito los
documentos que acrediten el carácter que inviste.
Si se invocare la imposibilidad de presentar el documento, ya
otorgado, que justifique la representación y el juez considerase
atendibles las razones que se expresen, podrá acordar un plazo de hasta
veinte (2) días para que se acompañe dicho documento, bajo
apercibimiento de tener por inexistente la representación invocada.
Los padres que comparezcan en representación de sus hijos no
tendrán la obligación de presentar las partidas correspondientes, salvo
que el juez, a petición de parte o de oficio, los emplazare a
presentarlas, bajo apercibimiento del pago de las costas y perjuicio
que ocasionen.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Julio C.
Humada.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 008/00.
-A la Comisión de Legislación
General.
Texto Original



