Número de Expediente 1344/00
| N° | Origen | Tipo | Extracto |
|---|---|---|---|
| 1344/00 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | MIKKELSEN LÖTH : PROYECTO DE LEY HACIENDO RETROACTIVA AL 1/1/99 EL BENEFICIO PREVISTO POR EL ART. 10 DE LA LEY 25.053 ( INCENTIVO DOCENTE ) .- |
| Listado de Autores |
|---|
|
Mikkelsen-Löth
, Jorge Federico
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
| MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
|---|---|---|
| 05-07-2000 | 12-07-2000 | 71/2000 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
| DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
|---|---|
| 06-07-2000 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
| COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
|---|---|---|
|
ORDEN DE GIRO: 1 |
07-07-2000 | 28-02-2002 |
|
ORDEN DE GIRO: 2 |
07-07-2000 | 28-02-2002 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2002
ENVIADO AL ARCHIVO : 16-04-2002
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-00-1344: MIKKELSEN-LÖTH
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°- Los docentes que resultan beneficiarios de la modificación
introducida en el artículo 10 de la ley 25.053 por el artículo 1° de la
ley 25.264 adquieren el derecho al mejoramiento de su retribución en
los términos previstos en la normativa vigente a partir del 1° de enero
de 1999.
Art. 2°- La reglamentación determinará el procedimiento y los términos
para hacer los pagos del retroactivo correspondiente al período lectivo
1999, autorizándose al Poder Ejecutivo a realizar la adecuación de
partidas presupuestarias que estime convenientes, sin afectar las
correspondientes a los programas del Ministerio de Educación.
Art. 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Jorge Mikkelsen-Löth.-
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL DAE
071/00.
-A las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Educación.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-00-1344: MIKKELSEN-LÖTH
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°- Los docentes que resultan beneficiarios de la modificación
introducida en el artículo 10 de la ley 25.053 por el artículo 1° de la
ley 25.264 adquieren el derecho al mejoramiento de su retribución en
los términos previstos en la normativa vigente a partir del 1° de enero
de 1999.
Art. 2°- La reglamentación determinará el procedimiento y los términos
para hacer los pagos del retroactivo correspondiente al período lectivo
1999, autorizándose al Poder Ejecutivo a realizar la adecuación de
partidas presupuestarias que estime convenientes, sin afectar las
correspondientes a los programas del Ministerio de Educación.
Art. 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Jorge Mikkelsen-Löth.-
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL DAE
071/00.
-A las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Educación.



