Número de Expediente 1046/99

Origen Tipo Extracto
1046/99 Senado De La Nación Proyecto De Ley AGUNDEZ Y OTROS: PROYECTO DE LEY DISPONIENDO ERIGIR UN MONUMENTO A LA MEMORIA DEL POETA ANTONIO ESTEBAN AGUERO, EN MERLO, SAN LUIS.-
Listado de Autores
Agundez , Jorge Alfredo
Avelin , Alfredo
Genoud , Jose

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
29-06-1999 30-06-1999 57/1999 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
30-06-1999 24-08-1999

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
30-06-1999 24-08-1999

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2002

ENVIADO AL ARCHIVO : 02-04-2002

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 15-09-1999
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:PASA A DIP.
OBSERVACIONES
CADUCO EN DIPUTADOS

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
694/99 25-08-1999 CADUCA POR RENOV. TOTAL Sin Anexo
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

S-99-1046:AGUNDEZ Y OTROS.

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,¿

Artículo 1°.- Dispónese erigir un monumento nacional en la
ciudad de Merlo, provincia de San Luis, destinado a inmortalizar la
memoria del poeta Antonio Esteban Agüero.

Art. 2°.- El Poder Ejecutivo nacional arbitrará los medios a
través de los organismos pertinentes, para proceder dentro del término
de 120 días a partir de la promulgación de la presente ley, al llamado
a concurso de artistas nacionales, con especial atención a aquellos
radicados en la provincia de San Luis, con el objeto de diseñar y
realizar el mencionado monumento, estableciendo un premio pecuniario
para el proyecto que resulte seleccionado, cuyo monto será
adecuadamente proporcionado a la importancia de la obra.

Art. 3°.- La obra será levantada en la plaza Virrey
Sobremonte, de la ciudad de Merlo, provincia de San Luis, pudiendo
convenirse con la municipalidad de la localidad, su emplazamiento
definitivo.

Art. 4°.- Los gastos que demanden la ejecución de este proyecto
serán solventados con los fondos aportados por organismos oficiales,
provinciales y municipales, legados, donaciones de instituciones,
organismos no gubernamentales y particulares.

Art. 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Jorge A. Agúndez. - Alfredo Avelín. - José Genoud.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 57/99.

-A la Comisión de Interior y Justicia.