Número de Expediente 982/07

Origen Tipo Extracto
982/07 Senado De La Nación Proyecto De Declaración MAYANS : PROYECTO DE DECLARACION ADHIRIENDO A LA CONMEMORACION DE LA CREACION Y SANCION DE LA CONSTITUCION NACIONAL , EL 1° DE MAYO PROXIMO .

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MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
25-04-2007 25-04-2007 47/2007 Tipo: NORMAL

ENVIADO AL ARCHIVO : 08-05-2007

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 25-04-2007
SANCION: APROBO
COMENTARIO: SOBRE TABLAS
NOTA:CONJ. S. 754/07
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-982/07)

PROYECTO DE DECLARACION

El Senado de la Nación.

Declara:

Expresar su adhesión a la conmemoración de la creación y sanción de la Constitución Nacional, al cumplirse 154 años de la misma, el día 1º de mayo.

José M. Mayans.-


FUNDAMENTOS:

Señor Presidente:

Recordemos que el 1º de mayo de 1851, el General Justo José de Urquiza se había pronunciado abiertamente en contra de Juan Manuel de Rosas (gobernador de la Provincia de Buenos Aires), a través de un decreto en el que se reservaba para Entre Ríos la dirección de los asuntos internacionales. Esta actitud culminaría con los acontecimientos de Caseros.

La batalla de Caseros favorable a Urquiza, se desarrolló el día 3 de febrero de 1852, que luego de pocas horas el Ejército grande hizo suya la victoria. Luego de Caseros, Urquiza asumió provisionalmente la conducción de la Confederación.

Así, pocos días después comisionó al doctor Bernardo de Irigoyen para que visitara a los gobernadores de las provincias más distantes y les explicara el propósito perseguido de organizar constitucionalmente al país, de acuerdo a lo establecido en el Pacto Federal o Tratado del Litoral del 4 de enero de 1831.

El Congreso General Constituyente se instaló en Santa Fe, el 20 de noviembre de 1852, donde se eligieron los miembros, como presidente fue designado Facundo Zuviría, representante de Salta. El ministro de Relaciones Exteriores de la Confederación, doctor Luís José De la Peña, quien leyó el discurso inaugural de Urquiza. La misma contó con la representación de 13 Provincias, ya que no fue posible que todas designaren a sus representantes en el plazo fijado, estando como gran ausente Buenos Aires, que se constituyó como Estado libre, dada la magnitud de los intereses políticos y económicos en disputa que no quería perder sus privilegios (el control del único puerto de exportación-importación de la Confederación y de las rentas que brindaba la Aduana).

Luego de varios meses de estudios y cambios de ideas, el texto de la Constitución Nacional fue sancionado el 1º de mayo de 1853, la cual en ese entonces constaba de 107 artículos. Urquiza dada la significación del caso, lo promulgó el 25 de mayo y el 9 de julio se efectuó la jura solemne, en toda la nación menos Buenos Aires.
El texto de la Constitución estableció la forma de gobierno representativo, republicano y federal con algunos aspectos unitarios. Se tuvo en cuenta para su redacción el trabajo de Juan Bautista Alberdi, ¿Bases y puntos de partida para la organización política de la Republica Argentina¿, la misma según el enfoque de Alberdi estaba centrado en un sistema completo de política económica, en cuanto garantiza, por disposiciones terminantes, la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción, ratifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza, y los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos.

Después de la batalla de Cepeda, la mayor disposición de Urquiza permitió finalmente llegar a un acuerdo, que se firmó el 11 de noviembre de 1859: El Pacto de Unión Nacional, conocido también como Pacto de San José de Flores. En sus aspectos mas relevantes se establece: Buenos Aires se declara parte integrante de la Confederación Argentina, y verificará su incorporación por la aceptación y jura solemne de la Constitución Nacional.

Con el correr de los años, nuestra Constitución a sufrido diversos cambios parciales, tales ejemplos se dan en los años 1866, 1898 etc. y años posteriores, pero la mas importante se mantuvo bajo la Presidencia de Juan Domingo Perón, cuando el 5 de diciembre de 1948 se efectuaron en todo el país las elecciones constituyentes, en las que el peronismo obtuvo la mayoría.

La Convención Nacional de 1949 aprobó, entre otras, las siguientes reformas a la Constitución Nacional: los derechos del trabajador, la familia y la ancianidad, la estatización de los servicios públicos, la reelección presidencial, la constitución de la Suprema Corte de Justicia, como tribunal de casación, el derecho de propiedad como función social y la propiedad imprescriptible e inalienable de la Nación sobre sus yacimientos petrolíferos, gasíferos, carboníferos, y mineros.

Finalmente en los años 1983, retorno del régimen democrático, año en donde la Argentina gira en torno al problema del consenso institucional y con la necesidad de un cambio acorde a las exigencias del nuevo siglo. En 1985, auspiciado por el Poder Ejecutivo Nacional, se creó un organismo especial, llamado el Consejo para Consolidación de la Democracia (Decreto 2446/85).

El Consejo elaboró un dictamen preliminar en 1986 y un segundo en 1987 donde se trataron puntos concretos. Sin embargo la reforma fue pospuesta, dada al crisis política y económica, que llevó a la renuncia anticipada del Gobierno de Alfonsín, en Julio de 1989, cabe destacar que en los años 90¿ la necesidad de reforma era compartida por gran parte de las fuerzas políticas.

En 1993, el proyecto reformista se aceleró, y la mayoría del bloque justicialista del Senado introdujo otro proyecto declarativo de necesidad de cambio constitucional, la cual fue aprobada por esa Cámara, no contando con el cupo favorable en Diputados. La iniciativa quedó entonces trabada e intento ser reiniciada por el Poder Ejecutivo que convocaría mediante el decreto 2181/93 a una consulta popular voluntaria, para que la ciudadanía se expresase respecto a la Reforma Constitucional de 1853. La consulta, igualmente no se desarrolló, por que el 14 de noviembre de 1993 Alfonsín y Menem realizan un acuerdo llamado el Pacto de Olivos, que al poco tiempo después el día 13 de diciembre de 1993, fue suscripto el acuerdo llamado ¿de la Rosada¿ que complementaba al Pacto de Olivos.

El convenio tuvo tres partes considerables a tener en cuenta:
- El núcleo de Coincidencias Básicas.
-Temas que deberían ser tratados para el libre debate en la constituyente.
- Modalidades de Instrumentación del Pacto.

La elección de los convencionales constituyentes se realizó el 10 de abril de 1994, conforme al decreto que las convocaba 2754/93.
La Asamblea inició sesiones el 25 de mayo de 1995 y las concluyó el 22 de agosto, tal como se había previsto.

La ley 24309 promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional estableció: el núcleo de coincidencias básicas, autoriza la reelección inmediata del presidente, se crea la figura del jefe de Gabinete de Ministros, aumenta la cantidad de senadores por provincias, se contemplan los decretos de necesidad y urgencia y la delegación legislativa. La otra parte de la ley estaba expuesta al debate abierto y segmentado de cada tema. Los puntos que contenía era la relación Nación - provincia, los partidos políticos, el sistema electoral, la autonomía municipal, atribuciones del Poder Ejecutivo y Legislativo, derechos de los aborígenes, del consumidor, del usuario, libre competencia, defensor del pueblo etc. También dio jerarquía Constitucional a los instrumentos internacionales como la declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto de San José de Costa Rica, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la Prevención y Sanción del Delito del Genocidio (Art. 75 inc.22).

Por todo lo expuesto espero que mis pare me acompañen en el presente proyecto.

José M. Mayans.-