Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo (Ley 26.122)

Agenda de reunión

COMISIONBICAMERALDNU@SENADO.GOB.AR
Tel: +54-11-2822-3654
Internos: 3654
Hipólito Yrigoyen 1702, 6° Piso Oficina 612
Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Proyectos: Permanente de Trámite Legislativo (Ley 26.122)

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Normativa

Información: LEY 26.122 REGIMEN LEGAL DE LOS DECRETOS DE NECESIDAD Y URGENCIA, DE DELEGACION LEGISLATIVA Y DE PROMULGACION PARCIAL DE LEYES

Regúlase el trámite y los alcances de la intervención del Congreso respecto de decretos que dicta el Poder Ejecutivo.

Sancionada: Julio 20 de 2006
Promulgada: Julio 27 de 2006

TITULO II
Comisión Bicameral Permanente
Régimen jurídico. Competencia

ARTICULO 2º La Comisión Bicameral Permanente prevista en los artículos 99, inciso 3, y 100, incisos 12 y 13 de la Constitución Nacional se rige por esta ley y las disposiciones de su reglamento interno; y tiene competencia para pronunciarse respecto de los decretos:

a) de necesidad y urgencia;

b) por delegación legislativa; y

c) de promulgación parcial de leyes, dictados por el Poder Ejecutivo nacional en los términos de los artículos 99, inciso 3; 76; 80 y 100, incisos 12 y 13 de la Constitución Nacional.

Integración

ARTICULO 3º La Comisión Bicameral Permanente está integrada por OCHO (8) diputados y OCHO (8) senadores, designados por el Presidente de sus respectivas Cámaras a propuesta de los bloques parlamentarios respetando la proporción de las representaciones políticas.

Duración en el cargo

ARTICULO 4º Los integrantes de la Comisión Bicameral Permanente duran en el ejercicio de sus funciones hasta la siguiente renovación de la Cámara a la que pertenecen y pueden ser reelectos.

Autoridades

ARTICULO 5º La Comisión Bicameral Permanente elige anualmente un presidente, un vicepresidente y un secretario, los que pueden ser reelectos. La presidencia es alternativa y corresponde un año a cada Cámara.

Funcionamiento

ARTICULO 6º La Comisión Bicameral Permanente cumple funciones aun durante el receso del Congreso de la Nación.

Quórum

ARTICULO 7º La Comisión Bicameral Permanente sesiona cuando cuenta con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros.

Dictámenes

ARTICULO 8º Los dictámenes de la Comisión Bicameral Permanente se conforman con la firma de la mayoría absoluta de sus miembros y en caso de que haya más de un dictamen con igual número de firmas, el dictamen de mayoría es el que lleva la firma del presidente.


Reglamento
ARTICULO 9º La Comisión Bicameral Permanente dicta su reglamento de funcionamiento interno de acuerdo con las disposiciones de esta ley. Ante una falta de previsión en el reglamento interno y en todo aquello que es procedente, son de aplicación supletoria los reglamentos de las Cámaras de Senadores y Diputados, prevaleciendo el reglamento del cuerpo que ejerce la presidencia durante el año en que es requerida la aplicación subsidiaria.





Cantidad de Integrantes: 16
Secretaria/o Administrativa/o de la Comisión: Dr. Gustavo Heredia
Teléfono: 2822-3654
Interno: 3654
Ubicación: Hipólito Yrigoyen 1702, 6° piso oficina 612
C.P/Ciudad/País: CIUDAD DE BUENOS AIRES


Vínculos

Vínculos de interés
Ley 26.122




Integrantes

Nombre Cargo
JUAN CARLOS PAGOTTO (Sen.) PRESIDENTE
HERNÁN LOMBARDI (Dip.) VICEPRESIDENTE
VICTOR ZIMMERMANN (Sen.) SECRETARIO
LUIS ALFREDO JUEZ (Sen.) VOCAL
IVANNA MARCELA ARRASCAETA (Sen.) VOCAL
CARLOS MAURICIO ESPÍNOLA (Sen.) VOCAL
ANABEL FERNÁNDEZ SAGASTI (Sen.) VOCAL
MARIANO RECALDE (Sen.) VOCAL
MARÍA TERESA MARGARITA GONZÁLEZ (Sen.) VOCAL
LISANDRO ALMIRÓN (Dip.) VOCAL
ANA CAROLINA GAILLARD (Dip.) VOCAL
RAMIRO GUTIERREZ (Dip.) VOCAL
NICOLAS M. MASSOT (Dip.) VOCAL
FRANCISCO MONTI (Dip.) VOCAL
VANESA SILEY (Dip.) VOCAL
OSCAR ZAGO (Dip.) VOCAL


Secretaria/o administrativa/o de la comisión: Dr. Gustavo Heredia


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Reuniones

La Bicameral pasó para un cuarto intermedio la firma de los dictámenes sobre la pandemia

Trató los 20 Decretos de Necesidad de Urgencia previstos en el temario. Mañana a las 18 tienen previsto la firma de los dictámenes.

La Bicameral de Trámite Legislativo cerró el año con nuevos integrantes y la designación de autoridades

El diputado Marcos Cleri, (FdT- Santa Fe), retuvo la presidencia, al igual que el senador Luis Naidenoff (UCR- Formosa) la vice presidencia.

Con dos dictámenes favorables, la Bicameral retomó el cuarto intermedio

Se trata del decreto 407/2019, que suspende nuevamente la aplicación del incremento de las contribuciones patronales para los establecimientos educacionales privados. Y 486/2019, mediante el cual se extiende el plazo para que los familiares de víctimas del atentado a la embajada de Israel, ocurri

Dictamen favorable para la ampliación del Presupuesto

Se trata del Decreto de Necesidad y Urgencia 427/19. También obtuvo dictamen por la validez el DNU 185-19 que establece la prórroga excepcional del Régimen Administrativo para la Inscripción de Nacimientos de Niños Recién Nacidos y de hasta 18 años de edad.

El Bloque conformado por el FpV y el PJ rechazó por mayoría el decreto de Extinción de dominio

También fueron rechazados los decretos que establecen la creación de la Agencia Nacional del Deporte y el de cesión del espectro radioeléctrico de ARSAT.Temario: Decreto de Facultades Delegadas 1/19 y los Decretos de Necesidad y Urgencia 58/19, 62/19 y 92/19.

La comisión renovó autoridades y dictaminó sobre varios decretos

El diputado Marcos Cleri presidirá la comisión durante el año próximo.Se dictaminó sobre las modificaciones a la Ley de Ministerios y las ampliaciones del Presupuesto, entre otros temas.El temario incluyó a los decretos: 545/18, 801/18, 967/18, 1043/18, 1053/18 y 1117/18.

La Bicameral declaró la validez del decreto que deroga el Fondo sojero

Se trata del DNU 756-18. Con 8 votos contra 7, el dictamen del oficialismo logró la mayoría.

Sin dictamen para la ampliación del Presupuesto y la modificación de la Ley de Ministerios

Son los decretos 545 y 575 /18 respectivamente. La comisión no logró las firmas necesarias.

Obtuvo dictamen favorable el decreto que establece la aplicación de la alícuota a los empleadores titulares de establecimientos educativos privados

Se trata del DNU 310-18. Aplica para las escuelas incorporadas a la enseñanza oficialLa suspensión rige hasta el 31 de diciembre de 2018

La comisión retomó el cuarto intermedio para tratar el temario completo

Fueron analizados los Decretos Delegados 94 y 147/18 y los DNU 90, 95 Y 157/18. Todos obtuvieron dictámenes.