03 de diciembre de 2020

"Proyecto de Ley de interrupción voluntaria del embarazo"

Regula la interrupción voluntaria del embarazo y la atención postaborto. 

El 17 de noviembre ingresó a la Honorable Cámara de Diputados el proyecto de ley del Poder Ejecutivo de interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto.  Establece que las personas con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana catorce inclusive. Pasado este plazo puede acceder si el embarazo fuere resultado de una violación en los casos de niñas menores de trece años, o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona.  

  

Sostiene que las personas gestantes tienen derecho a decidir la interrupción del embarazo; a requerir y acceder a la atención de la interrupción del embarazo y la atención postaborto en los servicios del sistema de salud; a prevenir los embarazos no intencionales mediante al acceso de la información, educación sexual integral y a métodos anticonceptivos eficaces.  El proyecto se funda en la necesidad de que "todas las personas gestantes tengan los mismos cuidados y condiciones, cualquiera sea la provincia que habiten, su nivel socioeconómico y el subsistema de salud, público o privado, donde se atiendan", estableciendo condiciones de universalidad en el acceso a los derechos a la salud integral, y a la sexual y reproductiva en particular. Asimismo, garantiza que las mujeres y personas gestantes no deban transitar una gestación forzada ni una maternidad forzada, ni enfrentar la amenaza de una sanción penal por la interrupción de un embarazo no deseado, 

      

El proyecto de ley tiene como objeto regular a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto desde una perspectiva integral, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y Derechos Humanos. En sus considerandos enumera detalladamente los señalamientos de diversos órganos de seguimiento de tratados, sus observaciones, recomendaciones generales y particulares. 

Este Observatorio de Derechos Humanos, que releva y monitorea el cumplimiento de recomendaciones internacionales de adecuación normativa en materia de derechos humanos, considera que este proyecto atiende y cumple con las recomendaciones específicas, emitidas en el marco del Examen Periódico Universal, el Comité de Derechos Humanos, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Relatoría especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias. 

 

De las nueve recomendaciones relevadas sobre el tema se destaca la recomendación 107.102 de Examen Periódico Universal (EPU): Promulgar la legislación pendiente de aprobación que permitiría a la mujer acceder legalmente a servicios completos de salud reproductiva que incluyan educación sexual integral planificación de la familia, prevención y respuesta a la violencia sexual y por motivo de género, aborto en condiciones de seguridad y legalidad y atención posterior al aborto.