30 de mayo de 2017

REUNION PLENARIA DE LAS COMISIONES DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES, DE DERECHOS Y GARANTIAS Y DE PRESUPUESTO Y HACIENDA.

ACTA N°12 : TRATAMIENTO DEL PROYECTO DE LEY SOBRE LEY NACIONAL DE PROTECCION , DERECHOS Y GARANTIAS DE LAS VICTIMAS DE DELITOS.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 30 días del mes de mayo del año 2017, siendo las 14 y 23 se reúnen los señores senadores integrantes de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que se indican al margen con los integrantes de las Comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Derechos y Garantías, para el tratamiento del proyecto de ley en revisión CD-81/16 "sobre Ley Nacional de Protección, Derechos y Garantías de las Víctimas de Delitos".

El Presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, senador Guastavino, da comienzo a la reunión plenaria recordando que el 14 de marzo comenzaron con el tratamiento de dicho proyecto y  que hubieron 7 jornadas de trabajo intenso, en las que se escucharon diversos expositores, se han recibido opiniones del Ministerio de Justicia, del Ministerio Público de la Defensa, de la Procuraduría, de distintos jueces y abogados, juristas y, sobre todo, la opinión de las víctimas, que han contado sus experiencias. Se ha conformado un borrador de dictamen, que ha sido consensuado con distintos senadores y sus asesores. Por último, se han recibido planteos por parte de algunas organizaciones que representan a las víctimas, para reincorporar lo que se había sacado del primer borrador del artículo 2º aprobado por la Cámara de Diputados. Acto seguido, le da  la palabra a la senadora Labado, quien expresa que quiere hacer dos consideraciones. Una es que en el artículo 7º, donde se establece el tratamiento de los delitos, se podría incorpora delitos de trata, después del inciso e), como inciso f). La otra consideración, es en el inciso b) del artículo 3º, cuando se habla de las personas que tienen vulnerabilidad, lee textualmente "¿que ellas presenten en razón de la edad¿" cree que ese agregado está de más, debería decir que tengan grados de vulnerabilidad, nada más. A continuación, toma la palabra el senador Pais y dice que está bien caracterizar una vulnerabilidad, pero que no sean supuestos excluyentes. Diría: "atendiendo al grado de vulnerabilidad que ella presente, entre otras causas. Entonces, dejamos abierta la casuística para todos los supuestos de vulnerabilidad¿" También solicita agregar el delito de trata de personas al artículo 7º. Solicita corregir el artículo 1º del proyecto, donde dice "sin perjuicio de los ya otorgados por tratados internacionales" por "de los reconocidos". En el artículo 21 respecto al CENAVIM, que es el organismo que se crea por esta ley, propuso que el organismo tenga competencia pero coadyuvante con los esfuerzos de las autoridades jurisdiccionales locales. Propone también, corregir el artículo 22 y poner "la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" en donde dice Ciudad Autónoma. Por último, deberían incorporar un plazo de reglamentación. Cree que un plazo razonable sería 120 días de la entrada en vigencia de la ley. A continuación, hace uso de la palabra el senador Urtubey, quien dice que tiene sus reservas con la intromisión en la esfera de las provincias de un organismo de esta naturaleza. Cree que debe haber colaboración, cooperación, entre el Estado federal y los estados provinciales, podría ser coadyuvar, pero a requerimiento de la provincia. Otro tema en el que hace su aporte, es el referido al punto e) de las funciones del CENAVID, que habla de la asistencia jurídica integral a la víctima. Solicita dar intervención a la Defensoría General de la Nación. Cree que la Defensoría General tiene la función de representar a la víctima pero por sus limitaciones presupuestarias lo hace en casos muy selectivos, por lo que va a proponer, en un proyecto aparte, un reforzamiento de la Defensoría General de la Nación. El artículo 23 quedaría redactado: "Adoptar los cursos de acción necesarios para garantizar el patrocinio y representación jurídica de la víctima, dando intervención a la Defensoría General de la Nación cuando corresponda". Después, con un punto, y sacando "A tal fin", diría: "asimismo, acordará mecanismos de cooperación con colegios profesionales".  La senadora Negre de Alonso dice estar muy cerca de la postura del senador Urtubey pero cree que el defensor de la víctima tiene que salir en este proyecto y no en uno nuevo. Entonces, comparte con el senador Urtubey el sentido de transformar las secretarías que actualmente tiene la Defensoría, y convertirlas en defensoras de las víctimas y solicita incorporarlo al dictamen. El senador Guastavino cree que se resolvería el tema incorporando un capítulo referido a modificaciones del Ministerio Público, con lo que concuerda el senador Abal Medina. Luego, le es dada la palabra al senador Martínez quien cree que ésta es una ley marco y por tal motivo se producen las discusiones. Está de acuerdo con el senador Urtubey en que se pueda dar respuesta a las víctimas con los empleados de la Defensoría General de la Nación, sin que eso signifique crear nuevos cargos. En cuanto al artículo 4º, donde se reseñan los derechos de la víctima, concuerda con que  la atención debe ser a requerimiento de la misma. Dice que se le genera confusión luego del inciso h), le parecen sustancialmente contradictorios. Cree que los incisos i) al ñ), salvo el n, podrían suprimirse. El senador Urtubey dice que parecen cosas contradictorias y superpuestas, pero no lo son.  Uno puede no ejercer el derecho a querellar, pero legítimamente puede querer saber; si va a haber una prescripción, quizás en ese momento nace la necesidad de presentarse. Cree que están empoderando a la víctima en términos de asistencia jurídica integral, pero nadie va a obligar a todas las víctimas que lo hagan. El senador Pais cree que los incisos que mencionó el senador Martínez pueden ser obviados pero como lo explicó el senador Urtubey, deben estar. El inciso m) debería modificarse para que diga "A solicitar la revisión de la desestimación, el archivo o la aplicación de un criterio de oportunidad solicitado por el representante del Ministerio Fiscal cuando hubiere intervenido en el procedimiento como querellante" y el l) debería decir "A ser notificada de las resoluciones que puedan afectar su derecho a ser oída por el Tribunal",

Finalizando, el senador Guastavino dice que con las modificaciones introducidas al principio con el aporte de cada uno de los senadores y senadoras, más la incorporación de un capítulo en referencia al Ministerio Público de la Defensa, rehace el dictamen y lo pasa a la firma. Hay acuerdo.

Siendo las 15 y 20 se levanta la reunión. Se deja constancia que todo lo expuesto en el transcurso de la misma, se encuentra reflejado en la versión taquigráfica.