Número de Expediente 29/00
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
29/00 | Cámara De Diputados | Proyecto De Ley | PROYECTO DE LEY EN REVISION PROHIBIENDO EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS TODA ACCION QUE IMPIDA LA CONTINUIDAD DEL CICLO ESCOLAR PARA LAS ALUMNAS EMBARAZADAS. |
Exp. HCD: 1906-D-00 | Fecha Sanción: 11/05/2000 | |
Autor HCD: PUIGROSS Y OTROS |
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
16-05-2000 | 17-05-2000 | 47/2000 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
17-05-2000 | 22-03-2002 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
ORDEN DE GIRO: 1 |
17-05-2000 | 22-03-2002 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
17-05-2000 | 22-03-2002 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 06-05-2002
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 11-04-2002 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA:LEY |
SANCION DE LEY |
---|
FECHA DE SANCION: 11-04-2002 |
NUMERO DE LEY: 25584 |
PODER EJECUTIVO DE LA NACION |
---|
RESOLUCION: Promulgo |
FECHA: 02-05-2002 |
DECRETO NUMERO: 727/02 |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
53/02 | 25-03-2002 | APROBADA | Sin Anexo |
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
CD-00-0029
Buenos Aires, 11 de mayo de 2000
Al señor presidente del Honorable Senado.
Tengo el honor de dirigirme al señor presidente, comunicándole que esta
Honorable Cámara ha sancionado en sesión de la fecha, el siguiente
proyecto de ley que paso en revisión al Honorable Senado:
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°- Queda prohibido en los establecimientos de educación
pública del país, de cualquier nivel, ciclo y modalidad, toda acción
institucional que impida el inicio o continuidad del ciclo escolar a
cualquier alumna embarazada p por cualquier otra circunstancia
vinculada con lo anterior que produzca efecto de marginación,
estigmatización o humillación.
Art. 2°- El Ministerio de Educación de la Nación se compromete, con la
autoridad educativa jurisdiccional correspondiente, a hacer pública
toda práctica irregular referida en el artículo 1°, dando el curso
administrativo o judicial adecuado.
Art. 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dios guarde al señor presidente.
RAFAEL M. PASCUAL
Guillermo R. Aramburu
-A las comisiones de Educación y de Derechos y Garantías.
Texto Original
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
CD-00-0029
Buenos Aires, 11 de mayo de 2000
Al señor presidente del Honorable Senado.
Tengo el honor de dirigirme al señor presidente, comunicándole que esta
Honorable Cámara ha sancionado en sesión de la fecha, el siguiente
proyecto de ley que paso en revisión al Honorable Senado:
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°- Queda prohibido en los establecimientos de educación
pública del país, de cualquier nivel, ciclo y modalidad, toda acción
institucional que impida el inicio o continuidad del ciclo escolar a
cualquier alumna embarazada p por cualquier otra circunstancia
vinculada con lo anterior que produzca efecto de marginación,
estigmatización o humillación.
Art. 2°- El Ministerio de Educación de la Nación se compromete, con la
autoridad educativa jurisdiccional correspondiente, a hacer pública
toda práctica irregular referida en el artículo 1°, dando el curso
administrativo o judicial adecuado.
Art. 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dios guarde al señor presidente.
RAFAEL M. PASCUAL
Guillermo R. Aramburu
-A las comisiones de Educación y de Derechos y Garantías.
Texto Original