Número de Expediente 1005/97

Origen Tipo Extracto
1005/97 Senado De La Nación Proyecto De Ley ROMERO FERIS : PROYECTO DE LEY TRANSFIRIENDO A LA FUNDACION ARGENTINA DE LUCHA CONTRA EL MAL DE CHAGAS TENIENTE 1 MEDICO SALVADOR MAZZA , UN INMUEBLE UBICADO EN LA CAPITAL FEDERAL Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS .
Listado de Autores
Romero Feris , Jose Antonio

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
12-08-1999 25-08-1999 77/1999 Tipo: NORMAL
03-06-1997 04-06-1997 57/1997 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
13-08-1999 07-10-1999
04-06-1997 07-05-1998

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
13-08-1999 07-10-1999

ORDEN DE GIRO: 2
13-08-1999 07-10-1999

ORDEN DE GIRO: 1
04-06-1997 07-05-1998

ORDEN DE GIRO: 2
04-06-1997 07-05-1998

ENVIADO AL ARCHIVO : 03-05-2001

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 20-05-1998
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:PASA A DIP.
DIPUTADOS
FECHA DE SANCION: 04-08-1999
SANCION: APROBO
SENADORES
FECHA DE SANCION: 10-11-1999
SANCION:MODIFICO
NOTA: LEY
SANCION DE LEY
FECHA DE SANCION: 10-11-1999
NUMERO DE LEY: 25201
PODER EJECUTIVO DE LA NACION
RESOLUCION: Veto Total
FECHA: 14-12-1999
DECRETO NUMERO: 38/99
FECHA DEL DECRETO: 14-12-1999
OBSERVACIONES
P.E. 868/99 RELACIONADO CON ESTE EXPEDIENTE.

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
302/98 07-05-1998 APROBADA Sin Anexo
947/99 08-10-1999 APROBADA Sin Anexo

S-97-1005:ROMERO FERIS.

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1 .- Transfiérese a título gratuito a la Fundación
Argentina de Lucha Contra el Mal de Chagas "Tte. 1 Médico Doctor
Salvador Mazza", un inmueble propiedad del Estado nacional
argentino ubicado en la calle Pedro Echague 1265/79 de la Capital
Federal designado catastralmente como circunscripción: III,
sección: 16, manzana: 50, parcela: 3 (parte), con una superficie
cubierta total aproximada de mil setecientos cuarenta metros
cuadrados (1,740 m2).

Art. 2 .- La transferencia a que se refiere el artículo
anterior se realiza con cargo de destinar el inmueble para
establecimiento de la sede de la entidad a fin de que ella
desarrolle sus actividades vinculadas con la prestación de
servicios educativos, médicos y asistenciales en beneficio de la
comunidad y relacionados con la enfermedad del Mal de Chagas-Mazza.

Art. 3 .- El Poder Ejecutivo nacional dispondrá todas las
medidas necesarias para el cumplimiento de esta ley haciendo
entrega a la Fundación Argentina de Lucha contra el Mal de Chagas
"Tte. 1 Doctor Salvador Mazza" el inmueble donado, en las personas
de sus representantes, en un plazo no superior a los noventa (90)
días a partir de la promulgación de la presente.

Art. 4 .- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

José A. Romero Feris.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN
EL D.A.E. 57/97.

-A las comisiones de Asuntos Administrativos y Municipales y
de Asistencia Social y Salud Pública.











Texto Original109514