BANCADELAMUJER@SENADO.GOB.AR
Tel: +54-11-2822-3000 Internos: 3604 - 3621 - 3622 Hipólito Yrigoyen 1702 - 6º Piso, Oficina 617 Bis Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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Proyectos: Banca de la Mujer
Normativa
Información:
REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE SENADORES DE LA NACIÓN
TITULO VIII
COMISIONES
CAPITULO I
COMISIONES PERMANENTES
Nómina y competencia de las comisiones
Artículo 84 ter: Corresponde a la Comisión Banca de la Mujer, sin perjuicio de resolverse que cada asunto o proyecto pase también a estudio de otras comisiones, dictaminar en todo lo relativo a:
a. Cuestiones relacionadas con la igualdad de derechos, oportunidades y trato entre mujeres y varones en el marco de lo establecido en el artículo 75, incisos 19 y 23 de la Constitución Nacional y en los tratados internacionales y regionales de derechos humanos en los que la Nación sea parte y adhiera en un futuro.
b. Creación o modificación de normas que regulen las condiciones de empleo público o de trabajo en relación de dependencia de mujeres.
c. Cuestiones de salud que afecten específicamente a las mujeres.
d. Cuestiones penales que afecten a mujeres.
e. Violencia, acoso sexual y laboral contra las mujeres.
f. Todo otro tema que ataña al género y a criterio de la autoridad parlamentaria requiera dictamen de esta Comisión.
También, corresponde a la Comisión Banca de la Mujer el asesoramiento, la consulta, el control y el monitoreo de las leyes relativas a la igualdad de derechos y de todos aquellos temas conducentes al desarrollo de las mujeres.
Quórum
Art. 100 bis- La Comisión Banca de la Mujer requiere para su funcionamiento la presencia de diez (10) de sus miembros, pudiendo transcurrida media hora de la convocatoria, considerar los asuntos consignados en la citación correspondiente con la asistencia de por lo menos seis (6) de sus miembros.
Dictámenes de mayoría y minoría
Art. 105 bis- Para emitir dictamen sobre un asunto sometido a la consideración de la Comisión Banca de la Mujer se requiere la firma de por lo menos diez (10) de los miembros que reglamentariamente la integran.
Cantidad de Integrantes: 33
Teléfono: 2822-3000
Interno: 3604 - 3621 - 3622
Ubicación: Hipólito Yrigoyen 1702 - 6º piso, oficina 617 bis
C.P/Ciudad/País: 1089 | CABA | ARGENTINA
TITULO VIII
COMISIONES
CAPITULO I
COMISIONES PERMANENTES
Nómina y competencia de las comisiones
Artículo 84 ter: Corresponde a la Comisión Banca de la Mujer, sin perjuicio de resolverse que cada asunto o proyecto pase también a estudio de otras comisiones, dictaminar en todo lo relativo a:
a. Cuestiones relacionadas con la igualdad de derechos, oportunidades y trato entre mujeres y varones en el marco de lo establecido en el artículo 75, incisos 19 y 23 de la Constitución Nacional y en los tratados internacionales y regionales de derechos humanos en los que la Nación sea parte y adhiera en un futuro.
b. Creación o modificación de normas que regulen las condiciones de empleo público o de trabajo en relación de dependencia de mujeres.
c. Cuestiones de salud que afecten específicamente a las mujeres.
d. Cuestiones penales que afecten a mujeres.
e. Violencia, acoso sexual y laboral contra las mujeres.
f. Todo otro tema que ataña al género y a criterio de la autoridad parlamentaria requiera dictamen de esta Comisión.
También, corresponde a la Comisión Banca de la Mujer el asesoramiento, la consulta, el control y el monitoreo de las leyes relativas a la igualdad de derechos y de todos aquellos temas conducentes al desarrollo de las mujeres.
Quórum
Art. 100 bis- La Comisión Banca de la Mujer requiere para su funcionamiento la presencia de diez (10) de sus miembros, pudiendo transcurrida media hora de la convocatoria, considerar los asuntos consignados en la citación correspondiente con la asistencia de por lo menos seis (6) de sus miembros.
Dictámenes de mayoría y minoría
Art. 105 bis- Para emitir dictamen sobre un asunto sometido a la consideración de la Comisión Banca de la Mujer se requiere la firma de por lo menos diez (10) de los miembros que reglamentariamente la integran.
Cantidad de Integrantes: 33
Teléfono: 2822-3000
Interno: 3604 - 3621 - 3622
Ubicación: Hipólito Yrigoyen 1702 - 6º piso, oficina 617 bis
C.P/Ciudad/País: 1089 | CABA | ARGENTINA
Vínculos
Integrantes
Información
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