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Informacion: LEY 27.343 Creación de la Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación

Buenos Aires, 30 de Noviembre de 2016
Boletín Oficial, 21 de Diciembre de 2016

ARTÍCULO 1° Créase la Oficina de Presupuesto del Congreso (abreviada OPC a los efectos de la presente ley) como un organismo desconcentrado del Honorable Congreso de la Nación.

ARTÍCULO 7° El director general y los directores durarán cinco (5) años en sus funciones, con posibilidad de ser reelegidos. Podrán ser removidos por mal desempeño en sus funciones previo a la finalización de su mandato por votación por mayoría simple de ambas Cámaras, previa solicitud de la Comisión de Supervisión Parlamentaria de la OPC, creada en el artículo 8° de la presente.

ARTÍCULO 8° - La OPC contará con una Comisión de Supervisión Parlamentaria conformada por: el presidente, los vicepresidentes primero y segundo de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados y el presidente, el vicepresidente y el secretario de la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado. La presidencia de la comisión alternará cada dos (2) años entre el presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de cada Cámara. Las decisiones se adoptarán por mayoría simple y, en caso de empate, el presidente de la Comisión de Supervisión Parlamentaria tendrá voto doble. Las funciones de la comisión serán:

1. Aprobar el reglamento interno del cuerpo y sus eventuales modificaciones.
2. Aprobar el anteproyecto de presupuesto de la OPC, para su elevación a la presidencia de las Cámaras.
3. Delegar en el director general las facultades que se estimen necesarias para el mejor cumplimiento de las finalidades de la Oficina de Presupuesto del Congreso.
4. Aprobar el plan de trabajo anual de la OPC.
5. Aceptar herencias, legados y donaciones, subvenciones que le asignen a la OPC organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros.
6. Requerir a los distintos organismos de la administración pública nacional la comisión transitoria de personal idóneo en la materia que fuere necesario para el funcionamiento de la Oficina de Presupuesto del Congreso.
7. Aprobar la memoria anual de la Oficina de Presupuesto del Congreso.
8. Solicitar a ambas Cámaras del Congreso la remoción del director general y/o de los directores de la OPC.
9. Conformar un consejo asesor ad honórem de expertos con reconocida experiencia en la materia de la OPC para obtener recomendaciones sobre el mejor funcionamiento de su tarea.


Observaciones: Sin Observaciones
Cantidad de Integrantes: 3
Secretaria/o Administrativa/o de la Comisión: Natalia Laria
Telefono: 4381-0682
Interno: --- ---- ----
Ubicacion: Hipólito Irigoyen 1628 10° pso
C.P/Ciudad/País: CIUDAD DE BUENOS AIRES

Proyectos: Comisión de Supervisión Parlamentaria de la Oficina de Presupuesto del Congreso Opc (Ley 27.343)

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Nombre Cargo
CARLOS ALBERTO CASERIO (SEN. MC) MIEMBRO
ESTEBAN JOSÉ BULLRICH MIEMBRO
JUAN CARLOS ROMERO MIEMBRO
CARLOS SALOMON HELLER MIEMBRO
LUCIANO ANDRES LASPINA MIEMBRO
ARIEL RAUSCHENBERGER MIEMBRO


Secretaria/o Administrativa/o de la Comisión: Natalia Laria